Micelio
Auto12 de agosto de 2026

A-1074 de 2026

✓
Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia presentado entre el Juzgado 9 Administrativo del Circuito de Montería y el Juzgado 1 Laboral Municipal de la misma ciudad.

Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente debido a que el primer despacho se apartó del conocimiento del asunto con base en reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2016, modificado por el Decreto 333 de 2021.

Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado 9 Administrativo del Circuito de Montería para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.

Se hizo una advertencia a la precitada autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional, en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 1� de julio de 2026 , proferido por el Juzgado 009 Administrativo del Circuito de Monter�a , dentro del tr�mite de la acci�n de tutela presentada por Juan de la Cruz Caldera Urbi�ez en contra de RCI Colombia Compa��a de Financiamiento S.A. y la Notar�a Primera del C�rculo de Monter�a.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC- 5509 al Juzgado 009 Administrativo del Circuito de Monter�a , para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisi�n a la que haya lugar.
  3. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 009 Administrativo del Circuito de Monter�a, que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional, en materia de conflictos de competencia, con el prop�sito de eliminar las barreras en el acceso a la administraci�n de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  4. CUARTO. Por la Secretar�a General de la Corte Constitucional, COMUNICARLE la decisi�n adoptada en esta providencia a la parte accionante, al Juzgado 009 Administrativo del Circuito de Monter�a y al Juzgado 001 Laboral Municipal de Monter�a . Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente ICC-5509. Documentos �01Demanda.pdf�. En adelante, siempre que se mencione un documento digital, se entender� que hace parte del expediente ICC-5509, a menos que se diga expresamente lo contrario. [2] Ibid. p. 5. [3] Ibid. p. 126 [4] Ibid. p. 125 [5] RCI Colombia Compa��a de Financiamiento S.A. [6] Notar�a Primera del C�rculo de Monter�a. [7] Documento �03AutoPlanteaConflictoCompetencia.pdf� [8] A lo largo del auto, el despacho hizo referencia a los autos 212 de 2021, 611 de 2024, 2021 de 2024 y 205 de 2025. [9] Documento �Correo envio ICC 5509.pdf� [10] Corte Constitucional, Auto 550 de 2018. [11] Art�culos 86 de la Constituci�n y 8� transitorio de su t�tulo transitorio adicionado por el Acto Legislativo 01 de 2017, y los art�culos 32 y 37 del Decreto 2591 de 1991. [12] Corte Constitucional, Auto 493 de 2017. [13] Art�culo 8� transitorio del t�tulo transitorio de la Constituci�n Pol�tica de Colombia de 1991, introducido por el art�culo 1� del Acto Legislativo 01 de 2017. [14] Corte Constitucional, Auto 655 de 2017. [15] Corte Constitucional, Autos 332 de 2017 y 242 de 2019 . Debido a ello, el par�grafo
  5. segundo. del art�culo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 2015 dispone que �Las anteriores reglas de reparto no podr�n ser invocadas por ning�n juez para rechazar la competencia o plantear conflictos negativos de competencia�. [16] Corte Constitucional, Auto 124 de 2009.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.